¿Qué es un convenio regulador de divorcio?

¿Qué es un convenio regulador de divorcio?

Una de las consultas que nos hacen más a menudo las víctimas por accidente de tráfico cuando contactan por primera vez con nosotros es: ¿Qué es un convenio regulador de divorcio?.

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Ahora bien, con esta entrada vamos a intentar explicar ¿Qué es un convenio regulador de divorcio?.

El convenio regulador de divorcio es el documento que contiene los acuerdos alcanzados por las partes de mutuo acuerdo sobre la situación personaly económica del matrimonio que entrará en vigor después del Divorcio.

Es imprescindible, para que el convenio regulador de divorcio produzca plenos efectos, que sea aprobado judicialmente.

¿Cuándo es obligatorio el convenio regulador?

Será obligatorio realizarlo cuando:

  • El divorcio sea solicitado por ambos cónyuges.
  • El divorcio lo solicite uno de los cónyuges con el consentimiento del otro.

Por lo tanto, en los supuestos de divorcio de mutuo acuerdo o consentido por ambos cónyuges es obligatoria realizar el convenio regulador, que se presentará ante el juzgado competente, junto con la demanda de divorcio.

¿Qué pasa si ambos cónyuges no llegan a un acuerdo?

En el caso de que los cónyuges no lleguen a un acuerdo sobre las medidas que, el divorcio no podrá ser de mutuo acuerdo, teniéndose que realizar un divorcio contencioso.

En el caso de divorcio contencioso es el Juez quien determinará el convenio regulador.

¿Qué contenido debe tener el convenio regulador?

El convenio regulador deberá tener, como mínimo, los siguientes extremos:

  • Tipo de guarda y custodia de los hijos menores o mayores no emancipados. El cuidado de los hijos se podrá otorgar a uno solo de los padres (custodia monoparental) o a ambos (custodia compartida).
  • Régimen de comunicación y estancia del progenitor que no tenga la guarda y custodia.
  • Régimen de visitas, en su caso.
  • Asignación del uso de la vivienda familiar así como el contenido de la misma.
  • Pensión de alimentos, en su caso, además de sus bases de actualización.
  • El reparto de los bienes o el dinero del matrimonio, cuando proceda.
  • La pensión compensatoria, en el caso de desequilibrio económico de uno de los cónyuges.

¿Es necesaria la aprobación judicial del convenio regulador?

Como ya hemos dicho anteriormente, sí.

Sin embargo, en el caso de que el juez vea que los acuerdos alcanzados en el convenio regulador pueden ser bastantes perjudiciales para uno de los cónyuges o para los hijos, éste podrá denegar dicho convenio. Es decir, no lo aprobará.

En caso de que no se apruebe convenio regulador, ambos cónyuges deberán presentar al juez un nuevo convenio regulador para su aprobación. Si tampoco se aprueba el segundo convenio regulador, es el juez quien determinará las medidas que considere.

El juez deberá informar al Ministerio Fiscal que intervendrá por el interés de los menores o incapacitados.

Una vez aprobado judicialmente el convenio regulador, tendrá plena eficacia y su contenido será de obligatorio cumplimiento para los cónyuges.

¿Qué ocurre si se incumple el convenio regulador?

En el caso de incumplimiento por alguno de los cónyuges del convenio regulador, el oro cónyuge podrá ejecutar dicho convenio regulador ante el juzgado. Es decir, solicitar al juzgado que obligue al cónyuge que ha incumplido, a cumplirlo.

¿Se puede modificar el convenio regulador una vez aprobado judicialmente?

La respuesta es, sí. Por lo que se podrán modificar tantas veces como sea necesario habida cuenta las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges que se tuvieron en cuanta cuando se aprobó el convenio regulador que está en vigor.

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