Defensa jurídica 2021

Defensa jurídica

Con esta entrada vamos a intentar explicar que es el Seguro de Defensa Jurídica.

Este seguro es una cobertura por el cual la compañía de seguros se hace cargo de los gastos de abogado y procurador en el caso de que el asegurado, por haber sufrido un accidente, tenga que reclamar una indemnización por medio de abogado o procurador.

Regulación normativa

Dicha garantía está regulada en el Artículo 76. a, d y f de la Ley de Contrato de Seguros.

Casi todas las pólizas de seguros incluyen un seguro de defensa jurídica.

El ejemplo más claro de seguro que contempla esta garantía de forma prácticamente generalizada es el Seguro del Automóvil.

Esto quiere decir que, cuando sufrimos un accidente de tráfico, podemos hacer uso de ésta para la defensa de nuestros intereses a través de un abogado como perjudicados en el siniestro.

Ya sea por haber sufrido lesiones, daños en nuestro vehículo o nuestros bienes, o cualquier otro tipo de daños y perjuicios que puedan ser indemnizables.

Diferencias

Hay que diferenciar el seguro de defensa jurídica del que nos referimos con esta entrada, regulado como hemos dicho por el Artículo 76. a, d y f de la Ley de Contrato de Seguros, de la defensa jurídica prestada por la compañía al seguro de responsabilidad civil que se encuentra regulada en el Artículo 74 de la Ley de Contrato de Seguros

La segunda está reconocida por ley sin necesidad de una contratación independiente al seguro de responsabilidad civil.

Ésta únicamente se aplica en aquellos casos en que el bien o la persona asegurado causa daños o debe responder ante terceros. 

Para hacer frente a la reclamación de daños de ese tercero, la compañía asume la defensa tanto suya como del asegurado frente al perjudicado.

Su objetivo es proteger los intereses de la compañía, ya que es ésta quien deberá abonar los daños causados. 

Por ello, salvo pacto contrario, conflicto de intereses o inactividad de la compañía aseguradora que cause un perjuicio al asegurado, la defensa jurídica regulada por el Artículo 74 de la LCS siempre será llevada a cabo por la propia aseguradora.

Hay una Sentencia del Tribunal Supremo nº 373/2019 que aborda más detalladamente la diferencia entre ambos seguros.

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