Qué hacer ante el incumplimiento del régimen de visitas

¿Qué hacer ante el incumplimiento del régimen de visitas?

Con esta entrada vamos a explicar qué hacer ante el incumplimiento del régimen de visitas. 

Además examinaremos qué es el régimen de visitas y qué sucede si uno de los padres lo viola, ya sea porque el padre sin custodia no visita o no se relaciona con el menor, o porque el custodio niega o impide el derecho del otro padre a visita al menor.

El régimen de visitas

En caso de separación o divorcio, el progenitor que no ha recibido la custodia de los hijos menores tiene derecho a visitarlos, comunicarse con ellos y disfrutar de su compañía.

El régimen de visitas es un deber y un derecho para el padre que no tiene la custodia.

El propósito del régimen visitas es garantizar que tanto el progenitor con custodia como el progenitor sin custodia mantengan los mismos lazos emocionales con los niños que tenían antes de la ruptura matrimonial.

Frecuentemente, el progenitor que no tiene la custodia incumple el deber y derecho. Pero hay casos en los que el progenitor que tiene la custodiar representa un obstáculo o incumple el régimen de visitas.

En definitiva, el régimen de visitas es obligatorio y ambos padres pueden exigir el cumplimiento del régimen de visitas.

¿Cuáles son los motivos habituales para el incumplimiento de visitas?

Incumplimiento de visitas por parte del progenitor no custodio

En casi todos los casos en los que el progenitor no custodio no cumple con el régimen de visitas, suele justificar su incumplimiento:

  • Trabajo hasta tarde.
  • La madre del niño no me deja verlo.
  • Mi hijo no quiere verme.
  • Etc…..

Incumplimiento de visitas por parte del progenitor custodio

Por su parte, el progenitor custodio, impide o dificulta que el progenitor no custodio disfrute de las visitas con su hijo, justificando su comportamiento aleando:

  • Si no me ingresa la pensión de alimento, no va a ver a mi hijo.
  • No quiero que mi hijo vea a la nueva pareja de mi expareja.
  • Mo hijo esta en clases extraescolares y no tiene tiempo para ver a su padre.
  • Mi hijo no quiere ver a su padre.
  • Etc…

Las situaciones en las que el menor no quiere que lo visite el padre sin custodia surgen cuando existe un alto grado de conflicto entre los padres y se convierte en una razón para que el menor se niegue a visitar al padre sin custodia.

Pero, sea cual sea la alegación de los padres, no se debe olvidar que lo principal es el bienestar de los menores.

¿Qué hacer en caso de incumplimiento del régimen de visitas?

Sea cual sea el progenitor, padre o madre, que no respete el régimen de visitas, le indicamos los pasos a seguir:

Intentar un acuerdo entre los padres

Lo más recomendable es llegar a un acuerdo entre los padres por el bien de los hijos.

La solución amistosa será sin duda la menos traumática para los niños y los padres.

Si se llega al acuerdo final, si éste implica un cambio en el régimen, se deberá presentar una demanda de modificación de medidas

Si se trata de un contrato temporal, bastará con la firma de una escritura privada vinculando a las dos partes. Por ejemplo, cuando el progenitor tiene que ausentarse durante unos meses por motivos de trabajo o enfermedad.

En cualquier caso, es recomendable que el acuerdo sea verbal.

Evaluar la gravedad del incumplimiento

Si no se llega a un acuerdo, es necesario determinar si la violación es de carácter permanente o específico.

Es necesario que el incumplimiento sea reiterado para poder demandar al progenitor que incumple.

Requerimiento eficaz

Si el incumplimiento reiterado, se deberá requerir de forma eficaz al progenitor que ha incumplido la sentencia o convenio regulador.

El requerimiento será eficaz cuando se envía, por ejemplo, mediante  burofax, certificado digital fehaciente o mediante notario

Recaudación de los reiterados incumplimiento

En el caso de que ya se ha requerido fehacientemente en varias ocasiones al progenitor que incumple las medias o la sentencia, y éste no deja de incumplir, se tendrá que recopilar todos y cada uno de los incumplimientos para poder acreditar que el progenitor no ha cumplido.

Dicha recaudación de pruebas las tendrá que recoger el progenitor que sufre los incumplimientos ya sea mediante mensajes de texto, correos electrónicos, testigos, WhatsApp o cualquier oro media que lo pueda acredita. 

Mediación

El incumplimiento del régimen de visitas pueden llevarlo a cabo los dos progenitores.

Por ejemplo, que el progenitor que no tiene la guarda y custodia deje de pagar la pensión de alimento del menor y el progenitor que tiene la guarda y custodia del menor como medida de presión o de castigo no le permita al otro progenitor ver a su hijo.

En ese caso, se puede comparecer ante el Letrado de la Administración de Justicia para que medie entre ambos progenitores, esta facultad se la atribuye  el artículo 456 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Interposición de demanda de ejecución de la sentencia

En el caso de que se acuda a la mediación anteriormente dicha y no se consiga resultado alguno, es decir, que el progenitor incumplidor siga incumpliendo, la única opción que quedaría es presentar demanda de ejecución de la sentencia de guarda y custodia para hacer cumplir dicha sentencia.

Para presentar dicha demanda es necesario que sea mediante abogado y procurador. 

Una vez presentada la demanda y admitida a trámite por el juzgado, el juez le llamará la atención al progenitor que ha incumplido advirtiéndole que tiene la obligación legal de cumplir la sentencia y por lo tanto con las visitas

En el caso de que aún así el progenitor que ha incumplido sigue incumpliendo, el juez le impondrá multas, cuya cuantía la fija el juez.

Así mismo, si no surte efecto las multas impuestas por el juez, éste podrá modificar el régimen de visitas o incluso eliminarlas.

Además, en el supuesto de que después de todas las circunstancias anteriormente dichas, el progenitor incumplidor sigue incumpliendo, podría incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad.

Punto de encuentro de la familiar

El punto de encuentro de la familia es un servicio social diseñado para fomentar las relaciones entre niños y padres.

En caso de incumplimiento o cumplimiento no muy amistoso o conflictivo del régimen de visitas, los padres podrán solicitar que el menor sea entregado a través de un Punto de Encuentro.

La solicitud se hará ante el juzgado, que supervisará el cumplimiento de las visitas.

¿El incumplimiento frecuente de las visitas es delito?

Hoy en día, no.

Anteriormente a reforma del código penal por la Ley 15/2015, se podía denunciar el incumplimiento del régimen de visitas a la policía o la guardia civil. Esta denuncia se tramitaba ante el juzgado y se celebraba un juicio penal.

Después de la citada reforma reforma se despenalizó el incumplimiento del régimen de visitas, por lo que no será posible iniciar un proceso penal.

Delito de sustracción de menores

Finalmente, indicar que también existe un delito de sustracción de menores cuando uno de los padres sustrae a un menor. Se entenderá que hay sustracción cuando el progenitor sin causa alguna:

Se lleva al menor de su lugar de residencia sin el consentimiento del progenitor que tiene la custodia.

Retener al menor incumpliendo así el convenio regulador o la sentencia.

Hay que tener en cuenta que cada caso tiene sus peculiaridades por lo que es sumamente importante que contrates a un abogado experto de derecho de familia.

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