Custodia compartida

Abogado de custodia compartida Las Palmas

El régimen de guarda y Custodia compartida hoy en día es el más solicitado por los progenitores.

El cometido de la custodia compartida es que los hijos puedan disfrutar del mismo tiempo de la compañía y cuidado de los progenitores.

Este régimen deberá aplicarse siempre en beneficio del bienestar, estabilidad y Equilibrio emocional del menor o los menores.

Si te estás pensando en solicitar o acordar una custodia compartida, en primer lugar deberías analizar tu situación tanto personal como emocional y sobre todo bienestar de tus hijos.

Una de las Guarda y custodia compartida que más se solicitan es la custodia compartida por semanas.  Pero deberías preguntarte: ¿es lo más conveniente?

Una de las preguntas que más nos hacen nuestros clientes que se van a divorciar, cuando vienen al despacho es: ¿Qué régimen de guarda y custodia compartida es el más conveniente?

En Abogados Las Palmas (CabreraVega&Asociados) siempre respondemos lo mismo, todo depende de cada caso.

Lo cierto es que, en un divorcio, la custodia compartida es lo más aconsejable pues los menores podrán disponer de una relación continua con ambos progenitores.

No obstante, es imprescindible que el los progenitores valoren sus propias condiciones tanto laborales como personales antes de pedir una custodia compartida en un procedimiento de divorcio.

La custodia compartida es el régimen más solicitado en los convenios de divorcio además del favorito por la mayoría de los Juzgados de Familia.

Pero, no siempre lo recomendable es lo más beneficioso.

Por ejemplo, nos vamos a centrar en la  custodia compartida por semanas.

Hay tres posibles situaciones para aplicar la custodia compartida por semanas

Es cierto que para que se aplique la custodia compartida no es preciso acuerdo entre los padres, habida cuenta que los Tribunales estiman que este tipo de régimen de custodia es el más apropiado para los menores.

En los casos de divorcio o ruptura de pareja, pueden aparecer tres escenarios en relación al establecimiento de la custodia compartida de los hijos por semanas:

  1. Mutuo acuerdo, los padres podrán establecer en el convenio regulador el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos por semanas.
  1. Procedimiento contencioso, los padres podrán llegar a un acuerdo de custodia compartida por semanas en cualquier momento del propio procedimiento.
  1. En el mismo procedimiento contencioso, uno de los padres podrá pedir al juez la custodia compartida por semanas y el otro progenitor puede oponerse.

Pero la decisión final sobre la custodia compartida y el tiempo de disfrute con cada padre corresponde al Juez, que tomará en cuenta para su valoración:

  • El informe del Ministerio Fiscal.
  • La declaración de los menores que tengan suficiente juicio, si el propio Juez lo estima necesario o lo solicita el Fiscal, los padres o el Equipo Técnico Judicial.
  • El informe legal elaborado por especialistas (informe psicosocial).
  • Declaraciones de los progenitores cuando comparezcan en el Juzgado.
  • Las pruebas practicadas en el procedimiento de divorcio.
  • Relación que los progenitores tienen entre sí.
  • la relación de los progenitores con los hijos.
  • Conciliación de la vida familiar y laboral de los progenitores.
  • Circunstancias de cada caso concreto.

Vivienda en la custodia compartida por semanas

Establecido el régimen de custodia compartida por semanas, los hijos dispondrán de la compañía y cuidados de cada padre por semanas alternas.

Pero, ¿cuál será la vivienda de los hijos?

Las opciones son varias:

Única vivienda para los hijos

En este caso los hijos vivirán en la misma vivienda y serán los padres los que se desplacen la semana que les corresponda.

Es sumamente importante una buena relación entre los padres, ya que pueden surgir situaciones conflictivas.

Distintas viviendas para los hijos

En esta caso, son los menores los que se mudan de domicilio cada semana, una semana en casa del padre y otra semana en casa de la madre.

Esta es la forma que más se utiliza en la práctica. Pero se debes adoptar las medidas adecuadas para que los niños no se sientan “como una maleta”.

Visitas e intercambio, en la custodia compartida por semanas

los padres o el Juez podrán aplicar un día de intercambio, así como los días de visitas entre semana a favor del padre o madre al que no corresponda estar con los hijos.

En cuanto al día de intercambio, lo que más se suele aplicar es la salida del colegio, debido a que es una solución más cómoda y que menos conflictos ocasiona entre los progenitores.

Lo normal y lo más que se aplica en la práctica es que el día de intercambio sea los lunes o los viernes a la salida del colegio y así lo establece la mayoría de las resoluciones judiciales.

Pero todo depende de las circunstancias de cada caso en concreto

Además se puede aplicar, por acuerdo de los progenitores o por el Juez, que un día entre semana, el progenitor que no tenga a su o sus hijos, pueda disfrutar de su compañía. Puede ser un día en particular de la semana o el día de actividades extraescolares del hijo.

Custodia compartida por semanas en las vacaciones escolares

¿Te preguntas qué ocurre con las vacaciones escolares teniendo una custodia compartida por semanas?

Por lo general, las vacaciones escolares se dividen por partes iguales entre los progenitores, para que éstos puedan disfrutar de la compañía de los hijos.

De esta forma tanto los padres como los hijos podrán disfrutar el mismo tiempo de las vacaciones escolares.

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