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NEGLIGENCIAS MÉDICAS

MARTEL & ASOCIADOS Abogados es un despacho especializado en accidentes y materias conexas, incapacidades, negligencias medicas y contratos de seguros. Nuestra principal garantía y objetivo es lograr las mejores indemnizaciones o prestaciones para nuestros clientes.

Nuestra solvencia profesional reside en nuestra especialización y la independencia de nuestros profesionales. Los juristas de MARTEL & ASOCIADOS ejercen su profesión sin ningún vínculo con ninguna compañía aseguradora. La independencia asociada con el trato personalizado hacia nuestros clientes garantizan que, con nosotros, van a encontrar el mejor apoyo para defender sus intereses.

NEGLIGENCIAS MÉDICAS

La Medicina es una de las Ciencias a la que la Humanidad más agradecida puede estar, así como, desde luego, también lo debemos estar a los profesionales que trabajan en ella. Ello no obstante, los sanitarios, al igual que el resto de trabajadores, pueden cometer errores, y es entonces cuando entra en juego la responsabilidad civil por daños, los cuales, evidentemente, como pacientes, no tenemos el deber de soportar. De hecho, las negligencias médicas han pasado a ser una de las fuentes de responsabilidad civil más frecuentes en estos últimos años. Son varias las causas de este fenómeno, pero sobre todas ellas se encuentra el desarrollo de una conciencia más colectiva como usuarios de la Medicina, con derechos, y no como simples administrados. NO TENEMOS PORQUÉ SOPORTAR LAS CONSECUENCIAS DE LOS ERRORES MÉDICOS.

CÓMO RECLAMAR ANTE UN ERROR MÉDICO:

Son varias las vías por las que podemos optar ante una negligencia médica:

PENAL

El procedimiento penal se inicia a través de una denuncia o de una querella y tiene como principal objetivo castigar al facultativo a las diferentes penas previstas en el Código Penal, dependiendo de la gravedad de la negligencia y del resultado.

Como principal ventaja, cabe destacar que se trata de un procedimiento relativamente rápido, en relación al resto de los procesos. En poco tiempo, el historial médico del perjudicado es remitido al juzgado, se toma declaración a los imputados, y el médico forense adscrito al juzgado emite un Informe, sin necesidad de acudir a una prueba pericial de parte.

En esta vía, además la responsabilidad penal, también se depura la responsabilidad civil y, en consecuencia, además de solicitar la condena penal del sanitario negligente se puede solicitar el pago de una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.

El principal inconveniente es que se trata de una vía complicada para obtener una resolución favorable, dados los medios de prueba que desde los tribunales se exigen para condenar al cuerpo médico.

CIVIL

El proceso civil se inicia mediante interposición de demanda por el perjudicado.

La principal ventaja es que en esta vía se registran el mayor número de Sentencias favorables para el paciente, sobre todo en supuestos de cirugía estética, en los que el facultativo tiene la obligación de mejorar el aspecto anterior a la intervención. Cuando esa mejoría no se da o, incluso, cuando el aspecto empeora a raíz de la operación, surge la responsabilidad del cirujano y del centro.

La principal desventaja es que se trata de una vía costosa. No sólo se deberán abonar los honorarios delos profesionales del Derecho que intervengan, sino que además, se tendrá que hacer frente a la minuta del perito, que en estos supuestos, casi siempre es necesario. Por último, la parte que ve desestimadas sus pretensiones también suele ser condenada al pago de las costas. No obstante, si las pretensiones se estiman parcialmente, no habrá condena en costas. Sin embargo, cuando estemos ante negligencias cometidas en un centro privado, esta vía será la más recomendable, si no la única, ya que la vía penal está reservada sólo para cuando existen indicios de criminalidad.

La acción prescribe al año o a los quince, dependiendo de si se trata de una responsabilidad contractual o extracontractual.

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA

Esta vía está reservada para los beneficiarios de la Sanidad Pública que han sido perjudicados por la actuación de sus Servicios Sanitarios.

La vía Contencioso-Administrativa comienza con la interposición de una reclamación administrativa ante el Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma con competencias transferidas en materia de sanidad. Debemos distinguir el procedimiento administrativo (en primer lugar) del procedimiento judicial (en segundo lugar), el cual entra en juego si la reclamación administrativa ha sido desestimada.

La principal ventaja es que rige el principio de responsabilidad objetiva, por lo que el reclamante sólo deberá probar que no tiene el deber jurídico de soportar el daño causado por los Servicios Sanitarios Públicos (lo cual ocurre en casi todos los supuestos de responsabilidad civil sanitaria) y la relación de causalidad entre la intervención sanitaria y el daño causado.

El principal inconveniente es su lentitud.

La acción prescribe al año, desde la determinación de las secuelas o el fallecimiento.

POR ÚLTIMO, UN CONSEJO

Ante cualquier daño provocado por una conducta negligente de un sanitario, no lo dude, pónganse en contacto inmediato con nosotros. Le asesoraremos gratuitamente, indicándole cuál es la vía que mejor se adecua a sus necesidades. Recuerde que SOMOS ESPECIALISTAS EN RECLAMACIONES POR ERRORES MÉDICOS.

Si tiene alguna otra duda, consúltenos en:

abogadoslaspalmas@telefonica.net Tlf. 699 184050 - Tlf. 680 211817 - 928337371

MARTEL & ASOCIADOS abogados cuenta con el saber y la experiencia de todos estos años para elaborar un análisis sobre su caso en concreto, la viabilidad de la reclamación y las posibilidades de éxito de la misma.

Todos los datos recibidos quedarán protegidos por la vigente ley de protección de datos de carácter personal y por el secreto profesional del abogado.

Si desea más información sobre Indemnizaciones, puede solicitarla aquí.

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